El objetivo principal es proteger el patrimonio del Asegurado y/o Conductor por los perjuicios económicos que pudieren sufrir por la ocurrencia de los siguientes eventos:
Los riesgos a cubrir por el Seguro dependerán de las distintas Alternativas de Coberturas que proponen las Aseguradoras, al igual que las Franquicias que están a cargo del Asegurado en caso de siniestro.
Es de recordar que el Art. 68 de la Ley de Tránsito N° 24.449 establece la obligatoriedad de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil, cuyo alcances se encuentran establecidos por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Es la documentación requerida para poder circular.
El Precio del Seguro surge de la combinación de distintas variables tales como pero sin limitarse al: tipo de vehículo, uso, antigüedad, modelo de vehículo, zona de conducción, cobertura, valor del vehículo, combustible, origen, accesorios.
En los Seguros de Automotores con Cláusula de Endoso a favor del Acreedor Prendario, la cobertura mínima requerida es la de:
En estos tipos de Seguros, en caso de Siniestro Total cubierto por el seguro, la Aseguradora indemnizará en 1er término al Acreedor Prendario hasta el monto de la deuda que mantiene el Asegurado con el Asegurador. El excedente, si lo hubiere, se indemnizará al Asegurado.
El monto a indemnizar por la Aseguradora será igual al valor del vehículo asegurado al contado en plaza al momento del siniestro.
- Responsabilidad Civil Limitada por Lesiones y/o Muerte de Terceras Personas transportadas y/o no transportadas.
- Responsabilidad Civil por Daños a cosas de Terceras Personas.
- Pérdidas Totales o Parciales por:
- Accidente.
- Incendio.
- Robo o Hurto
Los riesgos a cubrir por el Seguro dependerán de las distintas Alternativas de Coberturas que proponen las Aseguradoras, al igual que las Franquicias que están a cargo del Asegurado en caso de siniestro.
Es de recordar que el Art. 68 de la Ley de Tránsito N° 24.449 establece la obligatoriedad de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil, cuyo alcances se encuentran establecidos por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Es la documentación requerida para poder circular.
El Precio del Seguro surge de la combinación de distintas variables tales como pero sin limitarse al: tipo de vehículo, uso, antigüedad, modelo de vehículo, zona de conducción, cobertura, valor del vehículo, combustible, origen, accesorios.
En los Seguros de Automotores con Cláusula de Endoso a favor del Acreedor Prendario, la cobertura mínima requerida es la de:
- Responsabilidad Civil Limitada por Lesiones y/o Muerte de Terceras Personas transportadas y/o no transportadas.
- Responsabilidad Civil por Daños a cosas de Terceras Personas.
- Pérdidas Totales y Parcial por Incendio, Robo o Hurto
- Pérdida Total por Accidente.
En estos tipos de Seguros, en caso de Siniestro Total cubierto por el seguro, la Aseguradora indemnizará en 1er término al Acreedor Prendario hasta el monto de la deuda que mantiene el Asegurado con el Asegurador. El excedente, si lo hubiere, se indemnizará al Asegurado.
El monto a indemnizar por la Aseguradora será igual al valor del vehículo asegurado al contado en plaza al momento del siniestro.

